La Justicia en lo comercial resolvió declarar la quiebra de Correo Argentina S.A., en el fallo también se dictó la "inhabilitación definitiva. La causa lleva casi 20 años de tramitación.
En su fallo, la jueza Marta Cirulli intima a la empresa a que dentro del 5to día "entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes", al mismo tiempo se le ordena a que dentro de las 24 horas "entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad".
Tampoco podrán salir del país sin autorización del tribunal los administradores de la firma. Los bienes de la misma serán inmediatamente incautados, dice el fallo. También se dictó la "inhabilitación definitiva" de Correo Argentina S.A.
Lo resolvió jueza luego de que fueran rechazadas las propuestas de acuerdo con los acreedores, entre ellos el Estado nacional.
La quiebra es el resultado del concurso preventivo del correo iniciado en septiembre de 2001. "Hágase saber la quiebra decretada, a cuyo fin ofíciese a la Inspección General de Justicia, y al Banco Central de la República Argentina", indicó el fallo.
Además, solicitó requerir al Banco Central comunicar el "estado de falencia a todas las instituciones de crédito del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas de dinero y otros valores que se encuentren depositados a la orden de la fallida, y procedan a transferirlos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la cuenta de autos y a la orden de la suscripta".
También intimó al correo, "sus apoderados y terceros para que, dentro del quinto día, entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes de la deudora. Intímesela asimismo para que -dentro de las 24 horas- entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad".
La quiebra había sido solicitada por el procurador del Tesoro, Carlos Zaninni. El Correo Argentino de la familia Macri mantenía una deuda con el Estado Nacional que, según la Procuración del Tesoro, ascendía a unos 5.000 millones de pesos.
Sostuvo que "aún dentro de tan forzada interpretación, se impone de todos modos la solución desfavorable a la deudora, por falta de la conformidad del Acreedor Estado Nacional".
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