El gobierno de Javier Milei derogó este miércoles una norma de la gestión anterior que regulaba los precios de las tarifas de internet, líneas de telefonía celular, y servicio de TV por cable, por lo que ahora las empresas podrán establecerlas libremente.
Mediante el Decreto 302/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei y todo su gabinete de ministros quedan derogados el DNU 690/20 y también artículos de la Ley Argentina Digital N° 27.078, que se votó en 2014.
“Resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”, señala el nuevo DNU. Además deroga el artículo 48 de la ley 27.078 que decía que “los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente ”.
Esa parte seguirá vigente, pero se eliminó un segundo párrafo que indicaba que “las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal y de aquellos que determine la Autoridad de Aplicación por razones de interés público, podrán ser reguladas por ésta”.
La autoridad de aplicación, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), ya no podrá interferir en los precios, ni por el decreto de Fernández, que ya no existe más, ni por ese artículo de la ley, que también quedó en el olvido. Ese es el eje central de las modificaciones: que el Estado no puede interferir en las políticas de precios de las empresas.
También derogó el artículo 15 de la ley que reconocía “el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC”.
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