El Senador Nacional, Pablo Daniel Blanco, presentó un proyecto para citar al Ministro del Interior y al Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional al Senado de la Nación a fin que brinden explicaciones, respecto a las razones de pertinencia, oportunidad, mérito y conveniencia que motivan la declaración del Volcán Lanín como sitio sagrado mapuche.
“La resolución 484 del directorio de la administración de Parques Nacionales reconoce al "Volcán Lanín-PijanMawiza" como Sitio Natural Sagrado del Pueblo Mapuche en el Parque Nacional Lanín, entendiéndose como sitio sagrado a “aquellos lugares, áreas de agua o tierra que tienen especial significado espiritual para los pueblos y comunidades”, explicó el senador fueguino.
“Si bien el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios es un mandato constitucional implementado en un marco legal centrado en la Ley 26160, las circunstancias actuales de visibilización de la agresión por parte del movimiento Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) generan un escenario particular en el cual el mencionado acto administrativo se transforma en una afrenta a los ciudadanos de bien de las provincias patagónicas que a lo largo de los últimos años han sufrido dicha agresión”.
“La RAM, es un movimiento, de carácter etnonacionalista que no reconoce a la Nación Argentina definida en la Constitución Nacional sino a otra vinculada con su origen ancestral en el pueblo originario Mapuche cuyo territorio, según sus reclamos, abarca gran parte de la Patagonia chilena y argentina. La falta de reconocimiento de la Nación Argentina se ha transformado para el RAM en una causa que emplea métodos de acción directa caracterizados por la violencia y la agresión a las personas y a la propiedad”.
“¿Hoy es el Volcán Lanín y mañana la Patagonia entera?”, se pregunta Blanco. “Este gobierno es entreguista y tiene una concepción muy especial de la soberanía nacional. Concepción absolutamente contraria a lo establecido por la Constitución Nacional. El Lanín es patrimonio de todos los argentinos al igual que nuestras Islas Malvinas”.
“Dicha resolución implica un avasallamiento de la soberanía provincial toda vez que la jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales se limita a la designación y custodia de activos naturales y no a su disposición en temas tales como la asignación de valores simbólicos o religiosos”, finalizó el senador fueguino.
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