Aseguran que el Decreto 467/2026 pretende reinstalar un “modelo discrecional y menos permeable al control ciudadano previo”, que restringe derechos de participación y reduce estándares de transparencia en la elección.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el artículo 11 del decreto que eliminó disposiciones del histórico Decreto 222/2003, la norma que desde hace más de dos décadas regulaba la publicidad y la participación ciudadana en la selección de candidatos al máximo tribunal.
El constitucionalista sostiene que la modificación restringe derechos de participación democrática y reduce estándares de transparencia en uno de los procedimientos institucionales más sensibles del sistema constitucional argentino.
En su presentación cuestiona la derogación de dos herramientas centrales del régimen impulsado en 2003: la obligación de considerar criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional al momento de proponer candidatos para la Corte, y la posibilidad de que ciudadanos, organizaciones sociales, entidades académicas y colegios profesionales formularan observaciones sobre los postulantes antes de que el Poder Ejecutivo enviara los pliegos al Senado.
Aseguró que la eliminación de esos mecanismos afecta “el derecho de participación, petición y deliberación democrática”.
Sostuvo que “La integración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no puede ser el resultado de una decisión presidencial cerrada, opaca o inmune al escrutinio público, sino que debe estar precedida por reglas de apertura, publicidad, participación, control social y justificación institucional”.
“El sistema constitucional argentino había avanzado hacia un modelo de nominación presidencial abierta; el Decreto 467/2026 pretende reinstalar un modelo más cerrado, discrecional y menos permeable al control ciudadano previo”, afirmó.
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