La Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenó la Ley de Emergencia en Discapacidad | NotiTDF
Tiempo en Ushuaia
Sáb 13. Dic

La Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenó la Ley de Emergencia en Discapacidad

Tamaño de la letra A

La Justicia declaró "inválido" el DNU 681/2025 y obliga a la aplicación "inmediata e integral" de la Ley 27.793, con un impacto expansivo para miles de familias y prestadores.

 

El Juzgado Federal de Campana dictó sentencia definitiva haciendo lugar al amparo colectivo interpuesto contra el Decreto 681/2025 del Poder Ejecutivo Nacional. La decisión declara inválido el artículo 2° de ese decreto, que había suspendido la aplicación de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, y ordena la aplicación inmediata e integral de dicha ley. La sentencia tiene efectos expansivos para todo el colectivo representado: personas con discapacidad titulares de Certificado Único de Discapacidad (CUD) que reciben prestaciones bajo la Ley 24.901, sus familias y cuidadores, y los prestadores de servicios de discapacidad. Las costas del juicio fueron impuestas al Estado Nacional como parte vencida.

 

El tribunal fundamentó su decisión en que el Poder Ejecutivo violó el artículo 83 de la Constitución Nacional al suspender mediante decreto una ley que debía promulgar obligatoriamente tras el rechazo del veto por ambas Cámaras del Congreso con mayoría calificada. La sentencia establece que los argumentos del gobierno sobre falta de financiamiento son falaces, ya que la propia Ley 27.793 faculta al Jefe de Gabinete a realizar las reasignaciones presupuestarias necesarias, y porque el mismo gobierno ha realizado numerosas modificaciones presupuestarias para otras finalidades durante 2024 y 2025. Además, el fallo determina que la suspensión constituye discriminación estructural contra personas con discapacidad, viola el principio de no regresividad de derechos humanos consagrado en tratados internacionales con jerarquía constitucional, y desconoce las obligaciones especiales del Estado hacia grupos en situación de vulnerabilidad, especialmente niños, niñas y adultos mayores con discapacidad.

Para las familias, esta sentencia significa la protección inmediata de sus derechos fundamentales a la salud, educación y rehabilitación.

Concretamente, se garantiza la continuidad de los tratamientos y servicios esenciales que estaban en riesgo por el desfinanciamiento del sistema, la compensación arancelaria retroactiva a prestadores por la pérdida de valor durante 2024-2025, y la actualización permanente del nomenclador de prestaciones según lo establece la Ley de Emergencia. El fallo reconoce que el cierre de instituciones, la interrupción de terapias y el deterioro de servicios vulneran derechos protegidos por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros tratados internacionales, y ordena al Estado Nacional garantizar el nivel de vida adecuado, protección social y acceso efectivo a todas las prestaciones sin retrocesos. Esta decisión judicial refuerza que los compromisos con las personas con discapacidad no pueden subordinarse a argumentos presupuestarios cuando el Estado tiene recursos y capacidad legal para cumplirlos.


Sáb 13. Dic

La Editora Cultural de la provincia, invita a la presentación del libro “La tierra de las mujeres”, este sábado 13 de diciembre a las 19 horas e...

Sáb 13. Dic

Con un llamado a “militar con humildad, diálogo y honestidad”, Leonel Chiarella asumió la presidencia de la UCR y es el presidente más joven ...

Sáb 13. Dic

El Municipio de Río Grande llevó adelante una nueva instancia de formación destinada a los profesores de las Escuelas Deportivas Municipales, en el...

Sáb 13. Dic

El Gobierno de la Provincia, recuerda a la comunidad que ya se encuentra abierto al público el Paseo del Muelle “Mingo” Gutiérrez, un nuevo es...