Las medidas fueron adoptadas a raíz de una petición del Gobernador y gestiones realizadas por el Instituto Fueguino de Turismo, entendiendo las consecuencias económicas de la pandemia del COVID-19. Además, se suspenderá la vigencia de los contratos de potencia, se facturará únicamente lo efectivamente consumido desde el período abril hasta agosto.
La Dirección Provincia de Energía informó las nuevas disposiciones para los rubros de hotelería y gastronomía. En este sentido se precisó que en el caso de los ‘Usuarios con Potencia Contratada’, se suspende temporariamente la vigencia de los contratos de potencia y facturan únicamente lo efectivamente consumido desde el período abril y hasta agosto de 2020 inclusive.
Previamente a suscribir la adhesión, será responsabilidad de cada usuario dar intervención a su profesional matriculado en la DPE, para que analice los alcances de la presente.
En el caso de los ‘Usuarios Tarifa Uso General’, se estableció la quita de punitorios durante el período de consumo comprendido entre abril y hasta agosto de 2020 inclusive.
Hasta el 31 de diciembre de 2020 no se realizarán desconexiones de los suministros adheridos por la falta de pago de las facturas adeudadas y comprendidas en el período mencionado.
Asimismo, a partir del mes de septiembre podrán acceder a un plan de pagos sin interés de financiación.
Se pone a disposición el formulario de ADHESIÓN a dicho beneficio en la página web http://www.dpe.com.ar/contenidos/adhesion-a-la-resolucion-d-p-e-n-o-216-2020-beneficio-rubro-gastronomico-y-hotelero/
Asimismo, se habilita la línea (2901)619799 a través de mensajes de WhatsApp para enviar el formulario de adhesión suscripto por el titular del suministro o apoderado; como así también el correo electrónico facturacion@dpe.com.ar.
Dichas adhesiones serán admitidas hasta el día 10 de mayo de 2020 inclusive, para el reconocimiento desde el consumo generado en el mes de abril.
A quienes adhieran con posterioridad a esa fecha, serán incorporados según las fechas de cierre de facturación y por lo que reste del período que tenga vigencia el presente beneficio.
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