Damnificados de créditos hipotecarios UVA lograron un fallo favorable de la Cámara de Apelaciones, en el que se ordenó limitar el monto de las cuotas al 35% de los ingresos familiares.
La Sala Civil, Comercial, Laboral y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones, Distrito Judicial Norte, de la Provincia de Tierra del Fuego resolvió hacer lugar, en un fallo unánime, a la medida cautelar presentado por dos personas para que se reformulen el pago de los préstamos hipotecarios UVA.
La sentencia firmada por los jueces Francisco Cappelotti, Luciana Gutiérrez y Daniel Satini revocó un fallo de primera instancia que había denegado la medida solicitada por los actores y ordenó limitar el monto de las cuotas al 35% de los ingresos familiares.
Se trata de la primera medida judicial dictada en favor del colectivo de hipotecados UVA.
La demanda fue presentada por 2 vecinos de la ciudad de Río Grande y uno de ellos está afectado por una severa discapacidad sufrida luego de tomar el crédito.
La resolución pone de relieve el importante déficit habitacional y escaso ahorro en moneda doméstica, así como las diversas disposiciones constitucionales y Tratados con jerarquía constitucional que obligan al Estado a adoptar “medidas de acción positiva” en defensa de la vivienda familiar.
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