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Mar 13. Ago

Gobierno modificó los requisitos para nombrar autoridades de Gendarmería y Prefectura

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Mediante el decreto 724/2024 publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional modificó los requisitos para nombrar autoridades de Gendarmería Nacional y Prefectura.

El Gobierno modificó los requisitos que deben cumplir las máximas autoridades de la Prefectura Naval y de la Gendarmería Nacional, con el decreto 724/2024 publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. Con los cambios  ya no será necesario que los altos mandos hayan tenido relación previa con la Armada y con el Ejército respectivamente.

Según la Ley de Ministerios y sus modificatorias y en la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior y sus modificaciones, ambas fuerzas "dependen orgánicamente del Ministerio de Seguridad".

En tanto, entre los considerandos de la nueva normativa mencionan que, "no obstante esa dependencia orgánica, los textos de las Leyes Nros. 19.349, de Gendarmería Nacional y sus modificaciones y 18.398, Ley General de la Prefectura Naval Argentina y sus modificaciones, mantienen como requisito para el nombramiento de sus autoridades superiores la pertenencia al escalafón de las dos fuerzas armadas, que están bajo la órbita del Ministerio de Defensa".

Bajo la firma de Patricia Bullrich y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el decreto señala que "las circunstancias descriptas y los sucesivos cambios normativos acaecidos conllevan a que el marco legal aplicable no refleje cuál es la verdadera conformación y funcionamiento actual de ambos organismos de seguridad" y es por eso que "resulta necesario que aquellas regulaciones normativas se ajusten y estén en consonancia y alineadas con los objetivos estratégicos e institucionales" de cada una de las fuerzas de seguridad, "que tienen cometidos diferentes a las fuerzas de defensa".

Por eso estableció que, en el caso de Gendarmería, "la Dirección Nacional será ejercida por un oficial superior" de ese cuerpo "en situación de actividad o retiro, con grado de Comandante General con el título de Director Nacional", quien será secundado por un agente del mismo rango en actividad y que detentará el cargo de Subdirector Nacional.

Y de manera similar, en Prefectura, la máxima autoridad será ejercida "por un oficial superior con el grado de Prefecto General en situación de actividad o retiro, con el título de Prefecto Nacional Naval; mientras que la Subprefectura Nacional la llevará adelante alguien que cumpla con esa misma condición".

En ambas fuerzas, la designación de estos cargos quedará en manos del Poder Ejecutivo


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