El Ente Nacional Regulador del Gas dispuso, a través de la resolución 444/2025, facturar un recargo que va desde el 6,43 % hasta el 6,73 %. Con la medida el Gobierno trasladó el costo del subsidio por Zona Fría a los usuarios. Se trata del tercer incremento en lo que va del año.
El recargo que se aplicará por cada metro cúbico de 9.300 kc (kilo calorías) facturado a sus usuarios de servicio completo. Tiene por objetivo financiar el Fondo Fiduciario para Subsidio patagónico de Consumos Residenciales de Gas, creado por la Ley 25.565, y ampliado mediante la ley 27.637, aplicando el Régimen de Zona Fría a otras regiones del país, con vigencia hasta diciembre de 2031.
La norma comprende a las distribuidoras Naturgy, MetroGAS, Litoral Gas, Gas Cuyana, Gas del Centro, Cammuzzi Gas, GasNea y Redengas.
En la “Zona Fría”, los descuentos sobre los cuadros tarifarios plenos fijados por el Enargas son de 30 %, o del 50 % según las zonas geográficas.
El recargo dispuesto se facturará a partir del 2 de julio, fecha de publicación de la R-444 en el Boletín Oficial "promediando los porcentajes del recargo anterior y el nuevo recargo en base al número de días de vigencia de cada uno de ellos en el período de consumo".
Las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes deberán incluir en la facturación de los usuarios finales de servicio completo los montos de recargo resultantes de lo dispuesto en la R-444, identificándolos bajo la leyenda “Fdo. Fiduciario Art. 75 Ley N.° 25.565. Modif. Ley 27.637”.
Las Licenciatarias del Servicio de Distribución deberán comunicar la Resolución a todos los Subdistribuidores autorizados a operar dentro de su área de Licencia.
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