El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó otorgar la excarcelación de Carlos Córdoba, al considerar que durante el proceso no se acreditaron de manera concreta riesgos de fuga ni de entorpecimiento de la investigación.
La decisión contó con dictamen favorable del Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo Urquiza.
Al analizar el caso, el STJ señaló que el Tribunal de Juicio omitió valorar la conducta que Córdoba mantuvo durante todo el proceso. En ese período, según sostuvo el máximo tribunal provincial, no se verificó concretamente ninguna circunstancia que permitiera sostener la existencia de peligro de fuga o de obstaculización de la investigación.
La resolución fue adoptada, además, de acuerdo con los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en materia de prisión preventiva.
En particular, el STJ tomó como referencia los lineamientos fijados por el máximo tribunal nacional en los precedentes “Donamaria” y “Loyo Fraire”, vinculados con los requisitos que deben evaluarse para mantener a una persona privada de su libertad de manera preventiva mientras continúa el proceso judicial.
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