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Mié 10. Jul

El Gobierno Nacional desreguló el transporte aéreo

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A partir del decreto 599/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial, que reglamenta el acceso a los mercados aerocomerciales, se habilita digitalizar trámites, desregular servicios de rampa, agilizar los procesos para el otorgamiento de rutas y hasta la posibilidad de ofrecer servicios de traslado sin los requisitos actuales.

El texto advierte que el sistema en la Argentina debe “regirse por los principios de libre acceso a los mercados, lealtad comercial, desregulación tarifaria, estricto resguardo de la seguridad operacional y la seguridad en la aviación, vigilancia operacional continua de los servicios autorizados, el principio de unicidad del estado, la libertad contractual, celeridad, comunicación directa, dinamismo, integralidad y eficacia”.

Mediante el Decreto 599/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial con las firmas de Milei, su jefe de Gabinete, Guillermo Francos y del ministro de Economía, Luis Caputo, se aprobó la nueva reglamentación que establece el acceso a los mercados aerocomerciales, deroga normas y modifica el Código Aeronáutico.

“Es intención del Poder Ejecutivo nacional aumentar la conectividad aérea tanto dentro del país como también con terceros Estados”

La medida adoptada por el gobierno nacional impacta en las autorizaciones aerocomerciales para operar en nuestro país y que serán otorgadas para realizar las actividades de transporte aéreo interno e internacional de pasajeros y/o de cargas, para servicios regulares o no regulares, realizados con aeronaves. También impacta en el trabajo aéreo y en los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general.

El objetivo final del paquete de reformas es que la Argentina adquiera mayor conectividad, más frecuencias y nuevas empresas aéreas.

La norma permite que haya más operadores de rampas que compitan entre ellos y que cada aerolínea pueda elegir la empresa que le brinda el servicio. En la actualidad, Intercargo tiene la exclusividad.

A su vez se incluyen “incentivos para la realización de nuevas rutas aerocomerciales y/o para la operación de nuevos transportadores”, el “acceso y asignación justa, con estándares internacionales, de los servicios y espacios comunes aeroportuarios, que permitan la libre competencia”; y el establecimiento de indicadores e índices de monitoreo atendiendo a la eficiencia operacional, la regularidad, la puntualidad y la planificación.

Se instruye además a las autoridades del sector para que “garanticen los principios de libre mercado y libre competencia, sujetas a las reglas de lealtad comercial, generando las instancias necesarias para evitar cualquier conducta monopólica por parte de un transportador, un operador de servicios aeroportuarios o de rampa en general y/o cualquier otro prestador del sistema de transporte aéreo”.


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