La medida es retroactiva al 1 de octubre y rige hasta el 7 de enero de 2022. La resolución 1050 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación está enmarcada en la Ley Nacional de Abastecimiento 20.680
El Secretario de Comercio de la Provincia, Aníbal Chaparro, sostuvo al respecto que “ya hemos notificado a los grandes comercios y supermercados que son los que tienen más injerencia en la formación de precios. La medida es de cumplimiento obligatorio”.
“Hemos sido convocados a una reunión del Concejo Federal de Comercio Interior el día lunes para articular la aplicación de esta resolución”, indicó.
Asimismo, el funcionario expresó que “sin perjuicio de eso, nosotros dentro de la provincia tenemos facultades de aplicación tanto de la Ley de Defensa del Consumidor como de la Ley de Abastecimiento. En virtud de esto realizamos un requerimiento a los proveedores más importantes, a los mayoristas y a las cadenas de supermercado en relación a la obligatoriedad de la medida”.
“A nivel local tenemos la experiencia de la aplicación de precios máximos durante la pandemia durante el 2020 y parte del 2021. En esa oportunidad realizamos controles y se aplicaron las sanciones correspondientes en los casos de incumplimiento. En esta etapa actuaremos de la misma manera con nuestro cuerpo de inspectores que controlarán tanto que se cumplan los precios estipulados como el stock de los productos”, aseguró.
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