Por Decreto el Gobierno limita el derecho a huelga | NotiTDF
Tiempo en Ushuaia
Mié 21. May

Por Decreto el Gobierno limita el derecho a huelga

Tamaño de la letra A

El Gobierno Nacional limitó el derecho a huelga por DNU al ampliar las actividades consideradas esenciales, que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre el 50 y 75%.

La norma establece como "servicios esenciales" los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos; la producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica, y los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.

Los servicios esenciales, según el decreto 340/2025, deben contar con una cobertura del 75 por ciento de la prestación normal.

La norma también incluyó como servicio esencial a la aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; los servicios aduaneros y migratorios, y los vinculados al comercio exterior; el cuidado de menores y la educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial, y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera.

Además, listó una serie de actividades o servicios considerados de "importancia trascendental", en los cuales en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50 por ciento de la prestación normal.

En la categoría quedaron incluidos la producción de medicamentos o insumos hospitalarios; el transporte terrestre y subterráneo de personas o mercaderías; los servicios de radio y televisión; las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, la actividad química y cementera, y la industria alimenticia en toda su cadena de valor.

También se anotó en la categoría a la producción y distribución de materiales de la construcción; servicios de reparación de aeronaves y buques; los servicios aeroportuarios y logísticos; la actividad minera y la frigorífica; correos; distribución y comercialización de alimentos y bebidas; la actividad agropecuaria y su cadena de valor; los servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos, y el comercio electrónico, así como la producción de bienes y servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

La medida lleva la firma del presidente de Argentina, Javier Milei, y la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).


Mar 28. Oct

La Legisladora Provincial Gisela Dos Santos destacó la articulación entre el Ministerio de Economía de la Provincia, la Universidad Nacional de Tie...

Lun 27. Oct

La Municipalidad de Ushuaia llevó adelante una nueva jornada del programa de Turismo Social, a través de la cual estudiantes de nivel medio realiz...

Lun 27. Oct

El Municipio de Río Grande, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, inició esta semana los trabajos de preparación de suelos y ...

Lun 27. Oct

La Provincia interpreta que el Decreto de Necesidad y Urgencia solo aplica a empresas del Estado Nacional. Se mantiene la figura de Sociedad del Est...